UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO
UASD
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Unidad de Post Grado
LA COEXISTENCIA DE LA LEY DE REGISTRO DE TITULO INMOBILIARIO (No. 108-05) Y LA LEY No. 2914 DE REGISTRO Y CONSERVADURIA DE HIPOTECAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA
Proyecto de Investigación de tesis para optar por el titulo de: Maestría en Derecho Civil y Procedimiento Civil
Elaborado por:
LIC. LIVIO VICIOSO OVIEDO
LIC. ALEXIS GAMALIER OZUNA MENDEZ
Asesor Metodológico
FRANCISCO ACOSTA
Asesor de contenido:
DR. RAFAEL WILAMO
Santo Domingo, D.N.
2009
UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO
UASD
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Unidad de Post Grado
LA COEXISTENCIA DE LA LEY DE REGISTRO DE TITULO INMOBILIARIO (No. 108-05) Y LA LEY No. 2914 DE REGISTRO Y CONSERVADURIA DE HIPOTECAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA
Proyecto de Investigación de tesis para optar por el titulo de: Maestría en Derecho Civil y Procedimiento Civil
Elaborado por:
LIC. LIVIO VICIOSO OVIEDO
Ced. 001-0085198-9
LIC. ALEXIS GAMALIER OZUNA MENDEZ
Ced. 001-0164832-7
Asesor Metodológico
FRANCISCO ACOSTA
Asesor de contenido:
DR. RAFAEL WILAMO
Santo Domingo, D.N.
2009
INDICE
Introducción i
CAPITULO I:
Aspectos Teóricos Metodológicos Generales
1.1. Planteamiento del problema… 1
1.1.1. Orígenes 1
1.1.2. Descripción 1
1.1.3. Formulación 2
1.2. Antecedentes de la Investigación 2
1.3. Revisión Literaria 5
1.4. Justificación de la Investigación 6
1.4.1. Importancia.
1.4.2. Relevancia
1.4.3. Novedad
1.4.5. Motivos de la investigación
1.5. Tipo de investigación 6
1.6. Objetivos 6
1.6.1. Objetivos Generales 6
1.6.2. Objetivos específicos 6
CAPITULO II: DISEÑO TEORICO
2.1. Marco Teórico 7
2.2. Definición de conceptos
2.3. Idea a defender.
CAPITULO III: DISEÑO EMPIRICO 15
3.1. Objeto de Estudio 15
3.2. Métodos 15
3.3. Técnicas 15
CAPITULO IV: ESQUEMAS TENTATIVO 17
CAPITULO V: GESTION DE LA ADMINISTRACION 18
5.1. Cronograma 18
5.2. Presupuesto 18
Bibliografía
Anexos
LA COEXISTENCIA DE LA LEY DE REGISTRO DE TITULO INMOBILIARIO (No. 108-05) Y LA LEY No. 2914 DE REGISTRO Y CONSERVADURIA DE HIPOTECAS
INTRODUCCION
La presente investigación a tratar en este estudio, se observaran y se analizaran dos leyes en vigencia; La coexistencia de la Ley de Registro de Titulo Inmobiliario (No. 108-05) y la Ley No. 2914 de Registro y Conservaduría de hipotecas.
En dichas leyes se analizaran las distintas modificaciones que ha tenido la Ley No. 108-05 del Registro Inmobiliario, con el fin de mejorar las condiciones de vida, convivencia y el desarrollo económico y social de la Republica Dominicana.
En cuanto a la Ley 2914 de Registro y Conservaduría de Hipotecas, se analizara su existencia, funcionamiento de dicha ley y de los organismos que la presiden desde su inicio hasta la fecha.
Esta investigación sobre la Ley 108-05 y la Ley 2914, es importante, debido a las muchas demandas de los usuarios por una mejor aplicación apoyándose en la modernización de los tempos actuales.
La metodología de esta investigación será de tipo documental y bibliográfica, ya que los datos recopilados se basaran en libros, revistas, periódicos y el Internet.
Dicha investigación estará estructura por cuatro capítulos; el primer capitulo se enfocara la propuesta de dicha investigación; donde se resaltaran la problemática de dicha investigación, y el origen del problema, también se analizara un antecedente del objeto de estudio, como también el tipo de investigación a tratar, el segundo capitulo titulado “Marco Teórico. La modificación de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario”, el Tercer capitulo se titulará “Antecedente y Vigencia de la Ley 2914 de Registro de Hipotecas”, y el capitulo cuatro se titulará “Conclusiones y Recomendaciones”
La presente investigación esta estructurada por cuatro capítulos, donde se describen de la siguiente manera: El Capitulo I, trata de los Aspectos Teóricos Metodológicos Generales, donde presenta la problemática de dicha investigación, el porque se va a estudiar el objeto de estudio, en este caso la coexistencia de la ley de Registro Inmobiliario, al igual que se analizará sus orígenes y descripción de la investigación a realizar, así también, se formularan preguntas con respecto al tema.
En este capitulo también se observaran los antecedentes históricos del tema a analizar y se realizará una revisión literaria, argumentada en libros, revistas, Internet y otras fuentes de importancia, se enfocarán en este capitulo la justificación o la importancia que es este tema con relación al objeto de estudio
El capitulo II: titulado Diseño Teórico, Se hace un estudio de desarrollo del marco teórico, donde se definen los conceptos de la investigación relacionada con el tema.
El capitulo III: El Diseño Empírico, Se empleará el tipo de metodología estudiada en la investigación, como es el caso del objeto de estudio, las técnicas utilizadas en dicha investigación y los métodos que se emplearan en el proceso del estudio.
CAPITULO I: Aspectos Teóricos Metodológicos Generales
1.1. Planteamiento del problema
1.1.1. Orígenes
A través de la Ley 108-05 del 23 de Marzo del 2005, la Republica Dominicana refuerza el sistema de registro inmobiliario, adecuándolo a los tiempos actuales, fortaleciendo la capacidad de servicio de la administración de justicia y concediéndole singular importancia a las inversiones inmobiliarias.
La nueva ley contribuye con la descentralización del sistema con los nuevos modelos de gestión, que simplifican y optimizan los procedimientos, desjudicializando e incrementando la celeridad de los mismos, facilita el acceso a la justicia y permite la utilización de nuevas tecnologías que transformaran las prácticas tradicionales en esta materia. De acuerdo a los nuevos planteamientos realizados.
En 1973 el Instituto Agrario Dominicano permutó una parcela a favor del Ingenio Ozama; en 1974 se registró una donación de 6,000 tareas dentro de la misma parcela por el Instituto Agrario Dominicano a favor de A y B. En 1977 se inscribió la permuta, pero la inscripción fue posteriormente cancelada. Según el Artículo 185 Ley Registro de Título, después de efectuado un primer registro, todo acto surtirá efecto a partir de su fecha de registro. Por eso el Tribunal a quo procedió correctamente al mantener el registro de las 6,000 tareas a favor de A y B.
1.1.2. Descripción.
La jurisdicción inmobiliaria esta compuesta por los siguientes órganos: Tribunales Superiores de tierras y Tribunales de Jurisdicción Original, Dirección Nacional de Registro de Títulos; Dirección Nacional de Mensuras Catastrales.
La presente Ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos, se considera ejercicio abusivo de derechos el que contraria los fines que la Ley ha tenido en mira al reconocerlos, o al que exceda los limites impuestos por las leyes vigentes, la buena fe, la moral y las buenas costumbres.
La nueva ley de Registro Inmobiliario (108-05) prohíbe hacer operaciones con cartas constancia.
Establece como paso previo al proceso de registro, el procedimiento de deslinde, que es de carácter judicial, donde los jueces deben evaluar si las personas que reclaman la posesión de un derecho dentro de una constancia anotada, verdaderamente tienen las condiciones de posesión.
Los agentes del área inmobiliaria se quejan porque en el proceso de adecuación a estas reformas, que son parte del programa de modernización iniciado en 2001, se están generando grandes retrasos en la tramitación de los expedientes. Esta situación les crea dificultades para realizar operaciones de venta, registro de condominio, otorgamiento de inmuebles y garantías.
En el sector financiero. los cambios han impactado también en el sector financiero, debido a que la Ley 108-05, que entró en vigencia plena en abril de 2007, prohíbe a los bancos hacer transacciones con cartas constancias.
Esto trae como consecuencia que en muchas ocasiones las instituciones financieras no tienen títulos donde inscribir sus hipotecas.
Consultas realizadas a abogados especializados en derecho inmobiliario, a agrimensores, constructores y promotores de viviendas evidencian un gran disgusto con el personal que labora en los diferentes órganos de la jurisdicción inmobiliaria (Tribunales, Registros y Mensura Catastral).
Se quejan de que trabajan con mucha lentitud, devuelven los expedientes una y otra vez con los mismos errores y desconocen el nuevo proceso. En sus manos tienen pruebas de que continúa la duplicidad de certificados y la falta de rigurosidad al expedir títulos por pérdida de los anteriores.
Asimismo, en lo que respecta a la automatización de los datos, hay muchos casos de imágenes de certificados de títulos que no están en el sistema y entonces se requiere la reconstrucción del expediente, y por consiguiente, el inicio de un largo y tedioso proceso.
1.1.3. Formulación del problema
¿Se implementará el apoderamiento directo de los Tribunales de Jurisdicción Original de la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario?
¿Según la nueva ley de Registro Inmobiliario cual será la participación de los abogados ayudantes en los tribunales Superior de tierra?
¿Se aplicara la seguridad jurídica y la protección de los derechos de los ciudadanos con la nueva modificación de Registro Inmobiliario de la Ley 108-05?
Se fortalece la lógica de seguridad del sistema con la prueba en vigencia de un Fondo de Garantía de Inmuebles registrados?
1.2. Antecedente de la investigación
El traspaso las mejoras a B, que no registró el traspaso. C, acreedor hipotecario del inmueble, obtuvo sentencia de adjudicación sobre la parcela y sus mejoras y le fue expedida carta constancia. Si C era adquiriente de buena fe prevalece sobre B.
Se compró el inmueble al Estado y se lo alquiló a B con promesa de venta. Posteriormente B, silenciando la primera venta a favor de A de la que tenía conocimiento, compró el mismo inmueble a la Administración General de Bienes Nacionales. Esta emitió una certificación al Registrador de Títulos, manifestando que había cometido un error al vender el inmueble a B, ya que antes se lo había vendido a A. El Tribunal de Tierras procedió dentro de sus poderes soberanos de apreciación al anular el registro de títulos.
Desde que la oficina de Registro recibe un acto de venta y lo inscribe, queda registrado el derecho de propiedad del interesado.
Todo acto relacionado con derechos registrados es oponible a terceros desde que se deposita en la oficina de Registro de Títulos.
El Sistema Torrens adoptado en la República Dominicana tiene su origen la ley de la Isla Filipinas de 1902. En nuestro país fue promulga bajo el nombre de la Ley de Registro de Tierras al igual que la Ley sobre División de Terrenos Comuneros del año 1911, son los dos grandes esfuerzos legislativos hechos en el país con el propósito de resolver el problema de las tierras comuneras y de organizar un sistema de registro de la propiedad inmobiliar, de carácter científico y permanente, lo que en la primera de estas leyes se ha logrado como una conquista jurídica en materia de registro inmobiliar que honra y distingue a la República Dominicana entre aquellos países de más avanzada legislación en ese aspecto, ya que los títulos que se adquieren de conformidad con dicha Ley, tienen un carácter de irrevocables, perpetuos y absolutos como una consecuencia lógica y obligada de las condiciones de publicidad, autenticidad, legalidad y especialidad del Sistema Torrens, y sobre los cuales, por tanto, no pueden surgir transcurrido cierto tiempo, conflictos de ninguna naturaleza en cuanto al derecho de propiedad se refiere y cuyo título tiene la garantía del Estado. (Bonilla Atiles, J.A. Legislación de Tierras Dominicana. El Sistema Torrens. 2da. Edición, Editorial Librería Dominicana, Santo Domingo, 1974.).
1.3. Revisión literaria
ÁLVAREZ S., Arístides. El saneamiento de la propiedad y la ley del impuesto sobre la propiedad urbana y otras mejoras. En: Revista Jurídica Dominicana, 8(21): 31-33. Santo Domingo: enero-marzo de 1946.
ALBURQUERQUE, Alcibíades. Títulos de los terrenos comuneros de la República Dominicana. Ciudad Trujillo: Impresora Dominicana, 1961. 170p.
Ciprián, Rafael. Tratado de Derecho Inmobiliario Jurisprudencia, Doctrina y Procedimiento. Ed. Centenario, S.A. Santo Domingo, 2003.-
La primera forma del derecho de propiedad titulado aparece lógicamente en la concesión del propietario originario; en la concesión del soberano, rey o Estado. La concesión escrita, el derecho titulado se va disolviendo en el tiempo a consecuencia de las sucesivas transmisiones y a consecuencias de fenómenos históricos y sociales que son los mismos que han creado el estado de incertidumbre de nuestro derecho. La mayor parte de la documentación del derecho de propiedad inmobiliar corresponde, sin duda alguna a la documentación privada, o sea aquella que transmite derecho entre particulares, sin poderse determinar el título que los acredita su fuente de origen en una concesión de propietario originario.
Ley No. 403 de 1976, modifica los Artículos 146 y 158, sobre Oficinas de Registro de Títulos
Ley No. 804 de 1978, sobre la Oficina de Puerto Plata
Ley No. 828 de 1978, sobre la Oficina de El Seibo
Ley No. 133 de 1980, sobre la Oficina de Nagua
Ley No. 274 de 1981, modifica el Artículo 16, sobre el aumento del número de Jueces del Tribunal Superior de Tierras
LEY DE REGISTRO INMOILIARIO (No. 108-05)
CODIGO PENAL DE LA REPUBLICA DOMINICANA
LEY 29-14 SOBRE REGISTROS Y CONSERVADURIA DE HIPOTECAS.
1.4. Justificación de la Investigación
Esta nueva ley es específica en lo relativo a las Litis sobre los terrenos registrados, a través de un proceso contradictorio introducido en los tribunales de la jurisdicción inmobiliaria.
1.4.1. Importancia.
Esta investigación será de gran importancia, porque es uno de los grandes desafíos que enfrenta la sociedad dominicana y que está llevando a cabo con el proceso de modernización de la Jurisdicción de Tierras, para hacer posible que la institución y las organizaciones que la componen puedan responder apropiadamente a los esfuerzos del desarrollo económico y social del país.
1.4..2. Relevancia.
En cuanto a la relevancia de esta investigación se hace indispensable el establecimiento de un nuevo modelo de gestión, que simplifique y optimice los procedimientos, desjudicializando e incrementando la celeridad de los mismos, y que facilite el acceso a la justicia acercando las unidades operativas de la jurisdicción a las necesidades de los usuarios.
1.4.3. Novedad.
Esta investigación es novedosa, porque en el país se presenta la nueva ley de registro inmobiliario 108-05, ya que ésta regula el registro de todos los derechos reales inmobiliarios correspondientes al territorio de la República Dominicana.
1.4.4. Aportes.
Dentro de los aportes de Registro Inmobiliario, la ley tiene por objeto regular el saneamiento y el registro de todos los derechos reales inmobiliarios, así como las cargas y gravámenes susceptibles de registro en relación con los inmuebles que conforman el territorio de la República Dominicana y garantizar la legalidad de su mutación o afectación con la intervención del Estado a través de los órganos competentes de la Jurisdicción Inmobiliaria.
1.5. Tipos de Investigación.
- Explicativa: Porque esta explica, se introduce el recurso o acción de amparo ante las distintas jurisdicciones judiciales del país.
- Explorativa: Por la ardua labor de exploración y la búsqueda de informaciones y documentos relacionados al tema.
- Documental: Por la recopilación de fuentes de libros, revistas, Tesis y otras.
- Empírica: Se obtendrán informaciones mediante entrevistas, consultas a los abogados en ejercicio y jueces, con relación a la vivencia y experiencia del trabajo.
- De campo: Porque son investigaciones realizadas en distintos lugares del objeto de estudio.
1.6. Objetivos de la investigación
1.6.1. Objetivo Generales.
La Ley 108-05 de Registro Inmobiliario y la Ley 2914 de registro civil y Conservaduría de hipótesis.
1.6.2. Objetivos específicos:
Estudiar la correcta determinación e individualización de sujetos, objetos y causas del derecho a registrar.
Consiste en la legalidad de la depuración previa del derecho a registrar.
Analizar la nueva modificación que ha tenido la Ley 108-05 sobre
Estudiar la existencia de la Ley 2914 sobre Registro Civil y conservaduría de Hipotecas.
CAPITULO II
DISEÑO TEORICO
2.1. Marco Teórico
La propiedad inmobiliaria en nuestro pais.
Para el estudio de la propiedad inmobiliaria en nuestra legislación, es necesario conocer los periodos juridicos por lo que ha pasado la propiedad inmobiliaria.
El 1er periodo: se inicia en el año 1493 fecha que se produce el descubrimiento de nuestra isla y momento en que el Santo padre Alejandro Vi dota del derecho de propiedad de las tierras descubiertas y por descubrir ala Colonia Española.
Y el 2do periodo:se inicia en el año 1578 fecha en que se dicta la Ley de Amparo Real a través de lacual se introduce un procedimiento para amparar el derecho de propiedad de los particulares.
El 3er periodo_ Se inicia en año 1844 fecha en que se produce la independencia de la República y se introduce un procedimiento para reglamentar los derechos de propiedad de nuevo Estado y entra en vigencia por primera vez las legilaciones francesas para regir el deecho de propiedad inmobiliaria.
El 4to periodo: este se inicia en el año 1919 fecha que se pone en vigencia la ley sobre terreno comuneros y el 5to periodo en el año 1921 fecha que se produce en nuestra legislación el Sistema Torrens.
El 1er periodo se inicia cuando la Santa cede dictó la célebre Bula Papal, denominada “Norer un universus”, la que mas tarde se denomina Inter – Caetera a través de esta bula papal la santa cede dona, cede y otorga el derecho de propiedad de las tierras descubiertas y por descubril a la coloniay esta bula papal trazaba una linea imaginaria que iba de polo a polo, de Norte a Sur, a 100 leguas de la isla de Cabo Verde para dejar diferenciada las tierras que le pertenecían a España y a Portugal, esta bula papal origina varias divergencias entre algunos dignatarios de la iglesia que consideraban que la funcion principal de la iglesia no ea ceder tierras y que su misión específica era instruir a los nativos en la fe cristiana y por otro lado el Estado portugués también elevó su profesión, porque se escribia perjudicando con la división imaginaria, esa disputa origino que la santa cede dictara una segunda bula papal, existía debationos. Esta 2da bula papal era una copia íntegra de al 1ea, pero solo se diferenciaba en la línea imaginaria, porque esta trazaba una división de Norte a Sur (2do polo) a 100 leguas desde la isla de Asores a la isla de Cabo Vede y las tierras que estaban hacia el oriente pertenecían a Portugal y todos los que estaban en occidente a España.
Algunso historiadores consideran que existio una 3ra bula papal, denomina dudum seoridum,pero de esta bula papal no encontramos ningun documento que acredicte su valor jurídico de la que se considera como un documento de carácter interregional con valor jurídico para hacer las transferencias del derecho sobre la propiedad inmobiliaria es a la bula inter caetera.
Las leyes de Indias: eran las leyes que tenian el regimen juridico de la propiedad inmobiliaria, fueron un conjunto de disposiciones y cedulas reales de toda la corona para regalar la vida y los bienes de los nativos y de los españoles.
La propiedad inmobiliaria según las leyes de Indias estaba organizada de la siguiente forma:
a) Propiedad realenga.
b) Propiedad privada de los colonos españoles.
c) Propiedad eclesiasticas y
d) Propiedades de los nativos.
Estas eran los cuatros tipos que existen y que otorgaba la corona, la iglesia pidio tierra a la corona para ello poder colonizar. Ademas de este tipo de propiedad existia otro tipo que se llamo La Merced y se entendia como tal a aquella que la corona entregaba aun particular por un premio al galardon, por un servicio militar extraordinario o por una dadiva.
Tambien existio otro tipode propiedad que se llamo la regalia y se extendia como tal aquella porcion de tierra sorbe la cual la corona tenia un derecho especial extraordinario similar alque tiene el estado sobre las minas.
La ley de Amparo_ ea un procedimiento puesto en vigenia por la corona para legalizar el derecho de propiedad a traves de una decisionde carácter judicial de todos los propietarios que tuvieron un titulo o una escritura preexistente.
La leye de composición:_ es un procedimiento sometido por la corona para reglamentar y sometar a justa composición el derecho de propiedad, la ley señalaba que todas aquellas pesonas que estuvieran ocupando mayor cantidad de tierras que el que le asignaba su titulo tenia que entregarla y si tenia menor cantidad que la que la asignada su titulo podia reclamarla y enel supuesto caso que las personas que ocupaba mayor cantidad de tierras que la que le asignaba su titulo, las autoridades podian adquirirla por la fuerza y venderla la venta al pregon y si al ocuparla le interesaba podia venderla a traves de uan venta condicional y el derecho de propiedad quedaba arreglado con el censo a quitar.
Las capitulaciones:
Son todos los contratos celebrados en un particular y la corona.
La institución del año 1844 conteniaen su articulo 2: y establecia que la República Dominicana comprometía la parte oriental de la isla y asus islas adyacentes que establecia que todos los territorios, propiedad extranjero o gobierno anteriores pasaba a ser propiedad de nuetro Estado. En su articulo 21: señalaba que el derecho de propiedad era ingerente a la personalidad humana y que nadie podia ser ex propiedadde sus derecho sin el pago previo de los valores correspondientes.
La ley de Bienes Nacionales No. 1845.
Señalaba que toda propiedad e inmueble que pertenzca a gobiernos anteriores o a la personas que les sirvieron a esos gobiernos o a personas que abandonaron su pais, sin causa justificadas enemiga al movimiento del independiente o conorento y cofradlo en extensión pasaba a ser propiedad de nuestro Estado.
Recursos para atacar la sentencia de hologacion.
1- Recursos por prescripcion.
2- Recursos de oposición: basado en la solicitud, tenia mayor cantidad de terreno que el que le correspondia.
Homologación:
Es ladecision que la un juez para que un notario y un agrimensor inician los trabjos de partición de una porcion de tereno.
Los sistemas conocidos son:
El sistema informal.
El sistema ministerial.
El sistema Judicial.
El sistema Torresn.
El Sistema informal: Este sistema como su nombre lo indica no exigia ninguna formalidad para la transmisión del derecho de propiedad inmobiliaria y el poseedor de un derecho, si el tenia en su poder todos lso documentos que sobre antigua propiedades existian de esa propiedad, aquí no se registra nada, ni existe, fue que la información para la tierra y el propietario que desearia hacer una transmisión como su derecho, la ley le entregaba a su acreedor todos los documentos que retenia como garantia delderecho de propiedad.
El sistema judicial: Este sistema es mucho más avanzado que el sistema ministerial, porque en el interior un funcionario judicial que se denomina Juez consservador, este funcionario se encargaba de conocer todos las litis que sobre terreno se inician por ante el tradicional, en este sistema el juez conservador lleva libros, registros donde sea anotadoso todos las decisiones dictadas por el tribunal en material de tierras, en este sistema existia una fuente de información para los terceros y la decision dada por el tribumnal en autentico por ser dada por un oficial publico competente.
Sistema Torrens.
El Sistema Torrens
El Sistema Torrens, deriva su nombre de su autor, Sir Robert Torrens, oriundo de Australia del Sur; siendo un Proyecto de Ley denominado Real Property Act, que Robert Torrens preparó en Inglaterra, de sus ideas, logró que se implantara en Australia a partir del 21 de julio de 1859, luego de una serie de luchas, aunque la ley fue aprobada el 27 de enero del mismo año.
Este sistema estableció el régimen legal de la tenencia de las tierras mas científico, organizado, seguro y coherente de todos los sistemas que existen en el mundo, entre los que podemos citar se encuentran el Sistema Informal, de origen Anglosajón, el Sistema Judicial de origen Alemán y el Sistema Ministerial de origen Francés.
De las teorías que dan origen al Sistema Torrens tenemos que a su creador le preocupaban los inconvenientes y contratiempos que surgieron en Inglaterra para la mutación de la propiedad inmobiliaria, por la falta de un documento firme e inatacable justificativo del derecho de propiedad, la carencia de un registro científico de la propiedad inmobiliaria y por tanto las grandes exigencias requeridas para realizar cualquier operación jurídica, debido a la imperfección de los sistemas de registros hasta entonces en vigor, deficiencias del que también adolecía el Sistema Francés vigente en la Rep. Dom., por lo que pensó que podía establecer un sistema de registro similar al que operaba con los barcos para su registro y venta, que era fácil y seguro, además de que quedaba una constancia de registro en el libro donde se asentaba la operación.
Por lo que se hacia un registro público para saber quién era el dueño de la nave y después de realizada la operación hacer un nuevo registro a favor del comprador y cancelar el registro anterior, conservándose así una fuente permanente donde todo el mundo pudiera cerciorarse quién era el propietario de la nave, tomando este patrón como modelo se aplicó el mismo sistema para el registro de las naves al registro de la propiedad inmobiliaria
En ese sistema el juez tiene un papel activo y no se usa el ministerio de alguacil, lo que significa que el tribunal administra el proceso, tampoco se usaba el ministerio de abogado, pero en modificaciones recientes hechas por la ley 91 que crea el código de abogado, exige que para postular por antes los tribunales de tierras se requiere ser abogado o doctor en derecho.
El certificado de titulo tiene la siguiente características:
1- Es inatocable.
2- Es irrevocable.
3- Es imprescriptibles.
La especialidad o individualidad: con esta característica se trata de evitar de que un mismo derecho sea registrado a dos personas diferentes, a través de esta característica, cada porción de terreno registrado tiene un espacio o un lugar donde se describe su historia, se trata como si fuera para ser registrado, se usarán fechas y números y los registro se llevaran dividiendo los terrenos en urbanos y rurales.
Naturaleza del procedimiento de la ley de registrote Tierras.
1-Es (contra todas las cosas.
2.- Es ( contra todo el mundo.
El titulo es oponible a todo el mundo.
Instituciones especiales para la aplicaciones de la ley de tierras.
1.- El Tribunal Superior de Tierras.
2.- El Tribunal Jurisdicción Original.
3.- El abogado del Estado.
4.- La Dirección General de Mensura Catastral.
5.- El Secretario del Tribunal.
6.- El Registrador de titulo.
Tribunal Superior de Tierras: Es de jurisdicción nacional, asiento en la capital en la República Dominicana, el numero de jueces que componen el tribunal está establecido en la ley y solo una modificación de la ley puede aumentar o disminuir.
CAPITULO III
DISEÑO EMPIRICO
3.1. Objeto de estudio.
El objeto de estudio de esta investigación son los Registros de títulos de la Ley 108-05 y la Ley de Conservaduría de Hipotecas (Ley 2914), en el cual se enfocaran y se analizaran las distintas leyes con sus elementos.
3.2. Método.
Es descriptiva porque se analizaran las distintas leyes con sus componentes y elementos facultativos.
3.3. Técnicas.
Las técnicas de estudios que se empleara en esta investigación es la bibliográfica o documental, porque se tomaran como fuente de referencia monográficos, tesis, Libros, Revistas, Leyes, Internet y otras fuentes.
CAPITULO IV: ESQUEMA TENTATIVO
Introducción
CAPITULO I Aspectos Teóricos Metodológicos Generales
1.1. Planteamiento del problema
1.1.1. Orígenes
1.1.1.2. Descripción
1.1.1.3. Formulación
1.2. Antecedentes de la Investigación
1.3. Revisión Literaria
1.4. Justificación de la Investigación
1.4.1. Importancia.
1.4.2. Relevancia
1.4.3. Novedad
1.4.5. Motivos de la investigación
1.5. Tipo de investigación
1.6. Objetivos
1.6.1. Objetivos Generales
1.6.2. Objetivos específicos
CAPITULO II: Diseño Teórico
2.1. Marco Teórico
CAPITULO III: DISEÑO EMPIRICO
3.1. Objeto de Estudio
3.2. Métodos
3.3. Técnicas
CAPITULO IV: ESQUEMAS TENTATIVO
CAPITULO V: GESTION DE LA ADMINISTRACION
5.1. Cronograma
5.2. Presupuesto
5.3. Financiamiento
Bibliografía
Anexos
CAPITULO V
GESTION DE LA INVESTIGACION
5.1. CRONOGRAMA
TIEMPO Abril 1 Junio 2 Julio 3
ACTIVIDAD 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3
REC. DATOS X
ANALISIS X X
REDACCION BORRADOR INF. FINAL X X
CORRECCION X X
IMPRESIÓN X
ENTREGA INF. FINAL X
EXAMEN X
5.2 PRESUPUESTO
CONCEPTO MONTO EN RD$
1. TRANSPORTE 5,000
2.COMPRA LIBROS 7,000
3.VISITA BIBLIOTECAS 3,000
4. REFRIGERIOS 1,000
5.DIGITACION 2,500
6. ASESORIA TESIS 5,000
TOTAL 23,500.00
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